Tasa
Simadi a las importaciones
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Estimado cliente,
Le informamos que de acuerdo a las instrucciones recibidas de la Aduana Principal Aérea de Maiquetía, a partir del 18 de febrero de 2015, se aplicará la Tasa SIMADI publicada por el Banco Central de Venezuela (BCV) el día hábil bancario anterior a la fecha de la nacionalización para todas sus importaciones.
Asimismo le reiteramos que si su embarque cuenta con autorización de adquisición de divisas (AAD-CENCOEX-SICAD), el tipo de cambio a utilizar será el indicado en el respectivo documento. Esto aplica también para aquellos embarques que requieran algún proceso especial donde deberán incluirse documentos adicionales tales como: regímenes especiales, Cencoex y permisologías etc.
Esto ocurre de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 en concordancia con el artículo 24 del Convenio Cambiario 33, que establece que el BCV fijará diariamente el tipo de cambio de referencia para la conversión de la moneda extranjera en la determinación de la base imponible de las obligaciones tributarias derivadas de las operaciones aduaneras.
Le informamos que de acuerdo a las instrucciones recibidas de la Aduana Principal Aérea de Maiquetía, a partir del 18 de febrero de 2015, se aplicará la Tasa SIMADI publicada por el Banco Central de Venezuela (BCV) el día hábil bancario anterior a la fecha de la nacionalización para todas sus importaciones.
Asimismo le reiteramos que si su embarque cuenta con autorización de adquisición de divisas (AAD-CENCOEX-SICAD), el tipo de cambio a utilizar será el indicado en el respectivo documento. Esto aplica también para aquellos embarques que requieran algún proceso especial donde deberán incluirse documentos adicionales tales como: regímenes especiales, Cencoex y permisologías etc.
Esto ocurre de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 en concordancia con el artículo 24 del Convenio Cambiario 33, que establece que el BCV fijará diariamente el tipo de cambio de referencia para la conversión de la moneda extranjera en la determinación de la base imponible de las obligaciones tributarias derivadas de las operaciones aduaneras.